El presidente Luis Abinader
promulgó este miércoles la Ley 25-26, que crea y regula el funcionamiento de la
Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la
República Dominicana, denominada oficialmente “Alertas RD”.

La legislación establece un régimen jurídico orientado a ofrecer una respuesta
coordinada, inmediata y eficiente ante casos de desaparición, mediante la
integración de instituciones estatales, medios de comunicación y la sociedad
civil.
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La normativa dispone que la Policía Nacional y el Ministerio Público deberán
activar de manera conjunta el sistema de alertas tras recibir una denuncia de
desaparición, ya sea de forma presencial o telefónica, sin que transcurran más
de 24 horas desde el reporte o la identificación de una situación de peligro
inminente.
La ley contempla cuatro tipos de alertas especializadas:
Alerta Amber para niños, niñas y adolescentes;
Alerta Silver para adultos mayores de 65 años; Alerta Azul para
personas con discapacidad física o mental; y Alerta Rosa para mujeres en
contextos de violencia de género o trata de personas.
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Asimismo, crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de
datos centralizada bajo la administración de la Policía Nacional, con acceso
interinstitucional y una plataforma de consulta pública que incluirá
información relevante para apoyar las labores de búsqueda.
La Ley 25-26 también establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de
Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía, e
incorpora sanciones para los servidores públicos que incumplan los protocolos
establecidos. Con esta medida, el Estado dominicano fortalece los mecanismos
de protección de los derechos fundamentales, la seguridad ciudadana y la
atención a personas desaparecidas.









