El
Gobierno terminó promulgando una nueva legislación para
saldar deudas con empresarios y constructores que ejecutaron obras para
el Estado,
incluso en casos donde no existían contratos formalizados, después de que una primera versión fuera señalada por inconstitucional.

La
medida quedó oficializada mediante la Ley 16-26, promulgada por el
presidente Luis Abinader
el pasado 1 de mayo, tras varios meses de debates y correcciones dentro del
Congreso Nacional.
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La controversia comenzó luego de que el Poder Legislativo aprobara
inicialmente un proyecto impulsado por el senador Franklin Romero, enviado al
Poder Ejecutivo el 1 de diciembre para su promulgación.
Sin embargo, Abinader devolvió la pieza el 16 de enero al detectar múltiples
irregularidades jurídicas y constitucionales en el contenido de la propuesta.
Las fallas que frenaron la primera ley
Entre las observaciones realizadas por el mandatario figuraba la ausencia de
un monto específico sobre las deudas a pagar y la falta de una fecha límite
que permitiera determinar qué casos serían cubiertos por la legislación.
También cuestionó que el proyecto no contemplara mecanismos claros para
verificar la legitimidad de los montos reclamados por contratistas y
suplidores del Estado.
Tras recibir las observaciones presidenciales, la Cámara de Diputados envió la
pieza a comisión para estudiar las modificaciones sugeridas.
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El Congreso optó por rehacer el proyecto
Meses después, los legisladores decidieron abandonar la iniciativa original y
redactar una nueva propuesta legal para corregir las inconstitucionalidades
detectadas por el Poder Ejecutivo.
La nueva versión finalmente obtuvo el visto bueno presidencial y fue
convertida en la Ley 16-26, abriendo paso al pago de compromisos pendientes
con empresarios y constructores vinculados a obras públicas ejecutadas
anteriormente.
El tema ha generado debate por las implicaciones legales y administrativas de
autorizar desembolsos relacionados con proyectos realizados sin contratos
formalmente registrados.









